Manual de Convivencia


INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA INDUSTRIAL DON   BOSCO  ARJONA  BOLIVAR













MANUAL DE CONVIVENCIA














               ARJONA      -  2009





ACUERDO Nº 001
DE JULIO DE 2008

Por el cual se estable el Manual de Convivencia para la Comunidad Educativa de la Institución Educativa Técnica Industrial Don Bosco y sus Sedes anexas Arturo Ramírez, San José de Turbaquito, Nueva Holanda.

El Consejo Directivo en ejercicio de las facultades legales que le confiere el Artículo 144 de la ley 115 de 1994, y en especial el Artículo 23 del Decreto 1860 de 1994,y


CONSIDERANDO

Que es necesario establecer normas de comportamiento social para que los diferentes estamentos de la Institución Educativa tengan una orientación en el manejo de las relaciones interpersonales dentro y fuera del contexto institucional.

Que es indispensable reconocer los derechos y deberes que le corresponden a cada integrante de la comunidad educativa, y velar por el cumplimiento de los mismos.

Que resulta imperativo el cumplimiento de la Constitución Nacional en especial con lo tocante al derecho fundamental a la educación, y la observancia del código del Menor en el tratamiento de los casos disciplinarios.

Que es justo estimular a quienes en sus relaciones interpersonales pongan en práctica los valores humanos y muestran conducta ejemplar e igualmente aprovechen académica y técnicamente la educación que imparte la institución.





INTRODUCCION

La educación no solo consiste en la mera transmisión de conocimientos sino que también debe formar para la ciudadanía democrática, y más en un país como el nuestro que se encuentra en un estado de descomposición política y social y en el cual resulta imperativo afrontar desde los primeros niveles de formación cuestiones como la intolerancia, la violencia, el abuso de drogas, etc.

Por ello el presente Manual de Convivencia tiene como objeto el que la comunidad educativa de esta Institución encuentre en él, tanto un ordenamiento de normas de conducta como un instrumento de formación en las prácticas de intermediación democráticas y de valores ciudadanos, cuya observación propiciará el entorno necesario de dialogo, control y disciplina para el mejor desempeño de funciones, derechos y deberes de cada uno de los estamentos y actores que la componen.







MANUAL DE CONVIVENCIA
INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA INDUSTRIAL DON BOSCO



CAPITULO I


DE LOS REFERENTES CONCEPTUALES

ARTÍCULO 1. MISION

Procurar la formación integral de un recurso humano joven, calificado, respetuoso de la dignidad humana, que  valore el trabajo como medio de transformación de la realidad, poseedor de una visión empresarial generadora de progreso y desarrollo para la región, con capacidad para la participación democrática, que explote los recursos naturales renovables y que valore la importancia del trabajo productivo  académico simultáneamente.

ARTÍCULO 2.  VISION

Convertir en el mediano plazo a la institución en una unidad de desarrollo en su área de influencia, mediante la puesta en marcha de un proceso administrativo eficaz y uno pedagógico que satisfaga las exigencias metodológicas que establece el decreto 1860/94 y asocie directamente la calidad educacional, con la calidad de vida social, cultural y económica.

ARTICULO 3. PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES.

a. Se promoverá permanente el desarrollo integral de la comunidad educativa.
b. Ofrecer un servicio de calidad sustentado en los aportes científicos, y tecnológicos, que conlleve hacia un hombre de elevadas calidades académicas, humanísticas y técnicas.
c. Se propiciará la autoestima y la valoración de las personas que conforman la comunidad educativa de la institución educativa.
d. La verdad y el fomento de la libertad de opinión serán criterios que alimenten  los procesos de comunicación, e inicio hacia un verdadera democracia participativa.
e. Se fomentará la práctica del trabajo por medio del acercamiento a los conocimientos técnicos y el desarrollo de habilidades, para el desarrollo individual y social.
f. Incentivar el espíritu empresarial en el estudiante, como base de su proyección futura.
g. Inculcar el amor y el aprecio por el trabajo productivo de acuerdo a la naturaleza de institución, haciendo que utilice racionalmente los recursos, que le ofrece el medio.
h. Incentivar el amor a su patria y a los símbolos patrios.
i. Fomentar en el estudiante el respeto y el amor por su institución o Sede, de tal forma que sea capaz de cuidar cada uno de los sitios de la misma.
j. Se propiciará el desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica.
k. Inculcar los principios de: el respeto, la tolerancia, la responsabilidad, la solidaridad, la colaboración, la honestidad y la amabilidad


ARTICULO 4. PERFIL DEL  ESTUDIANTE

Se considera que para que un estudiante tenga éxito debe desarrollar algunas características esenciales:

- Autoestima
- Sentido de autocontrol que implica la conciencia de que sus acciones y decisiones dependen de sí mismo y generadas a través de su autodisciplina y esfuerzos.
- Curiosidad académica.
- Capacidad para trabajar en equipo.
- Formación básica en principios éticos y morales.
- Sentido de pertenencia institucional.
- Habilidad para seguir instrucciones.
- Habilidad y destreza para manejar equipos y herramientas.
- Creativo, crítico y constructivo
- Espíritu deportivo.
- Que busque la excelencia personal en sí mismo y en todo lo que hace
- Responsable, respetuoso.
- Que posea una actitud permanente de superación, mediante la auto exigencia.
- Que asuma posiciones de liderazgo social.
- Amor al trabajo

Estas características se desarrollan mejor y con mayor facilidad cuando existe coordinación entre el estudiante, el profesor, los directivos, los administrativos y los padres de familia.

Todos deberán tener presente que la vida en comunidad exige el respeto por el bienestar común y los derechos de los demás.
                       
                       

                                 

                           CAPITULO II


ARTICULO  5. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES.


Todo estudiante de la institución tiene derecho a:

1. Recibir educación de acuerdo con los principios, filosofía y modalidad de la institución.
2. Recibir informes de los correspondientes periodos académicos.
3. Sentirse seguro y  gozar de seguridad en su persona y propiedad.  Para este propósito se diseñarán políticas y procedimientos para resguardar la propiedad de cada estudiante, pero la INSTITUCION no se responsabiliza por la pérdida de objetos en sus instalaciones.
4. Ser tratado con respeto, cortesía y consideración por los demás estudiantes, profesores, administrativos o cualquier persona mayor presente en la INSTITUCION.
5. Conocer las normas que regulan el Servicio Público Educativo, las reglas que guían el comportamiento en la INSTITUCION y en especial las contempladas en el presente manual de convivencia.
6. Obtener beneficios por su esfuerzo a manera de estímulos que ofrezca la INSTITUCION.
7. Que antes de ser sancionado en cualquier instancia se le garantice el derecho a un debido Proceso  disciplinario y el consecuente Derecho de Defensa que implica, lo mismo que apelar las decisiones de los profesores, directivos y de las distintas instancias del gobierno institucional, a través de un procedimiento establecido y que debe conocer.
8) No ser discriminado bajo ningún pretexto por sus opiniones, ideología, creencias religiosas, concepción filosófica y política por parte de la comunidad de la INSTITUCION.
9) Elegir y ser elegido en los cuerpos representativos de los estudiantes para participar en la toma de decisiones que afectan la vida y el desarrollo institucional.
10) Recibir todas las clases de acuerdo al horario establecido, despejar todas las dudas que surgen en el proceso de aprendizaje y ser informado oportunamente de cualquier modificación o cambio en el horario.
11) Ser evaluados oportunamente sin discriminación en equidad y justicia y con arreglo a las normas vigentes.
12) Recibir informes oportunos y periódicamente de los resultados de su proceso de aprendizaje.
13) Tener profesores, directivos y de mas funcionarios de la INSTITUCIÓN profesionalmente competentes, dignos y auténticos colaboradores de su formación.    
14) Promover agrupaciones culturales, deportivas, científicas, sociales o de otra índole que contribuyan al desarrollo y engrandecimiento de la INSTITUCION.
15) Utilizar como medio de expresión las carteleras, periódicos, grupos de teatro y demás forma de manifestación, en horas y espacios que no interfieran el  normal funcionamiento de las clases.
16) Evaluar y cuestionar el proceso evaluativo del cual es participe.
17) Tener oportunidad de corregir sus errores.
18) Formular respetuosas peticiones o sugerencias a profesores y demás autoridades, en forma verbal o escrita y recibir respuesta a más tardar dentro  de los cinco (5) días hábiles siguientes a su presentación.  
19) Ser escuchado en Consejo Disciplinario o en cualquier otra instancia institucional.
20) No ser sancionados dos (2) veces por la misma falta disciplinaria.
21) Que toda sanción tenga en cuenta la dignidad humana y el interés  formativo.
22) Repetir un grado por una sola vez, siempre que no tenga problemas de comportamiento social.
23) No  ser sancionado académicamente por faltas disciplinarias o de mal comportamiento social.
24) Solicitar permiso para ausentarse de la institución por razones valederas y para portar de manera incompleta el uniforme de diario o de educación física por tiempo determinado.
25) Presentar  incapacidad medica o excusa    debidamente justificada por llegar retrasado o no asistir a clases.
26) Disfrutar de sus vacaciones y descansos pedagógicos.







ARTICULO 6.  DEBERES DE LOS ESTUDIANTES.

Son deberes de los estudiantes.

1. Acatar la Constitución nacional, las leyes, los decretos, las demás normas vigentes sobre materia educativa y el presente Manual de Convivencia.
2. Asistir puntualmente a la institución para recibir sus clases en el siguiente horario:
Jornada  de la Mañana de 7:00 AM a 12:45 PM.
Jornada  de la Tarde de 1:00 PM a 6:45 PM.
Jornada  de preescolar: 7:30 AM a 11:30 AM.
Jornada  de preescolar: 1:00 PM a 5:00 PM.
Jornada  de primaria: 7 00 AM a 12:00 PM.
Jornada  de primaria: 12:30 AM a 5:30 PM.
Jornada Sabatina: 7:00 AM a  6:00 PM
3. Acatar el toque del timbre de la siguiente forma.  Tres (3) toques para comenzar  y  4 para terminar la jornada.  Dos (2) Toques para el descanso.  Un (1) Toque para cambio de clases.
4. Asistir a todas las clases y participar en los actos de la comunidad educativa debidamente organizados.
5. Dedicar sus esfuerzos y consagración para el logro de los objetivos académicos y formativos que proponen las actividades curriculares.
6. Adquirir los útiles escolares necesarios para poder alcanzar los logros que respalden un buen rendimiento académico y tecnológico  industrial.
7. Presentar debidamente y a tiempo los trabajos y compromisos tanto académico como de formación técnico- industrial
8. Cuidar los bienes de la institución y sus propios útiles escolares y materiales para la práctica en los talleres, así como también respetar las pertenencias ajenas.  
9. Permanecer en la institución  durante la respectiva jornada escolar y en los sitios programados para cada actividad y no ausentarse de la misma para dirigirse a su casa u otros sitios sin previa autorización.
10. Guardar el debido comportamiento en cada espacio de la institución como lo son las aulas, biblioteca, laboratorio, talleres, campos, etc.
11. Ser amables y respetuosos con los profesores, directivos y demás funcionarios de la institución.
12. Representar decorosamente a la institución en los eventos y actividades para las que haya sido escogido, sean internas o externas, en lo cultural, deportivo, científico, técnico, artesanal, etc., sin retribución económica y dando prioridad a su institución si pertenece a otro grupo externo.
13. Avisar oportunamente a sus padres o acudientes sobre las reuniones que cite la dirección  de la institución, las coordinaciones académicas o técnicas y/o   las direcciones de grupo.
14. Poner en práctica las normas de convivencia social que garanticen un ambiente agradable y saludable en la institución.
15. Ponerse de pie en señal de saludo y respeto cuando una persona mayor entra en salón de clases.
16. Durante las horas de clases y en los cambios de las mismas ningún alumno debe permanecer fuera del aula respectiva, salvo que haya sido citado o enviado a otra dependencia.
17. Tener buen comportamiento fuera de la institución y no permitir que se dude sobre el prestigio y buen nombre de la misma.
18. Utilizar dentro y fuera de la institución un lenguaje decente y respetuoso que excluya toda palabra vulgar o agresiva.
19. Solucionar los problemas interpersonales que puedan surgir con sus compañeros con fundamento en el dialogo y las buenas costumbres.
20. Acatar las órdenes de directivos,  profesores y  personal administrativo de la institución.
21. Colaborar con el mantenimiento y limpieza de los espacios institucionales, depositando la basura en las canecas y llevando los envases al kiosco.
22. Colocar las bicicletas en los parqueaderos y asegurarlas con sus respectivos candados.  La institución no responde por útiles u objetos perdidos.
23. Respetar el reglamento de la biblioteca, laboratorios, sala de informática, emisora y de los talleres al utilizar sus servicios.
24. Ponerse al día con sus compromisos  académicos y de formación técnica cuando no asista a clases.
25. Cumplir con las 60 horas de prácticas en los talleres de la localidad previo seguimiento y supervisión de un instructor.
26. Cumplir en Grado 10 con los requisitos de matricula solicitados por el SENA para la respectiva certificación de los estudiantes.
27. Cumplir en Grado 10 con las 80 horas de Servicio Social obligatorio.
28. Portar correctamente el uniforme tal como lo estipula el mismo Manual.

ARTICULO 7.  ESTIMULOS A LOS ESTUDIANTES

De acuerdo con los logros alcanzados por los estudiantes en el desarrollo de sus actividades curriculares como lo son el rendimiento académico, el buen aprovechamiento en la formación  técnica – industrial o el destacarse en actividades culturales, deportivas, artísticas, científicas o de liderazgo, son merecedores de los siguientes estímulos.


1. Medalla al mérito, al estudiante que se destaque durante todo el año  en su rendimiento académico y disciplinario, para cada una de las sedes-
2. Publicar un cuadro de honor para los alumnos que en el respectivo periodo  y en cada curso ocupen el primero y segundo lugar en aprovechamiento académico y disciplinario.
3. Destacar en izada de bandera o en acto especial a los estudiante que en los aspectos académicos, deportivos, culturales y lo artísticos hayan dejado en alto el nombre de la institución, a los cuales se les premiará según sus logros y necesidades con uniforme tanto colectivos como individuales de educación física y de diario, y otros útiles escolares como libros y demás.
4. Especial reconocimiento (medalla o mención de honor) tendrán los estudiantes que se destaquen ocupando primeros  lugares en eventos o concursos como las Olimpiadas matemáticas, Festivales Literarios, Juegos Inter colegiados y otros de igual naturaleza e importancia, en donde se procurará que la distinción  o reconocimiento se corresponda con el esfuerzo y sacrificio y dedicación que el estudiante haya desplegado.
5. Los alumnos que se destaquen por su capacidad y aptitud de liderazgo en  representación del estamento estudiantil ante las distintas instancias del   gobierno escolar, serán igualmente merecedores de reconocimiento y congratulación en los distintos actos institucionales y tendrán un tratamiento especial en el evento en que por el desarrollo de actividades en cumplimiento de sus funciones se atrasen en sus otros compromisos académicos o formativos.


PARÁGRAFO: en todo caso, por consenso de la Sala de Profesores o de la instancia que para ello se determine o conforme, un estudiante podrá gozar de los estímulos de que trata este artículo o de otros especiales si se estima que es merecedor de los mismos por dejar en alto el nombre de la institución en cualquier aspecto que esté cobijado en el  concepto de formación integral.

Todo estímulo deberá ser oportuno, eficaz y proporcional al acto o conducta de que se trate para lo cual se requiere que cada director de grupo o profesor responsable reporte con la antelación necesaria el conocimiento del hecho merecedor del estímulo para que la dirección institucional tenga el tiempo debido para preparar

ARTICULO 8.  PROHIBICIONES A LOS ESTUDIANTES.

A los estudiantes les está prohibido.

1. Ingresar, consumir o expender drogas alucinógenas dentro o fuera de la institución.
2. Ingresar o consumir bebidas alcohólicas dentro o en los alrededores de la institución.
3. Portar armas de fuego o corto punzantes dentro de la institución.
4. Desarrollar actividades homosexuales o heterosexuales en la institución.
5. Las manifestaciones corporales amorosas entre parejas sentimentales dentro o en los alrededores de la institución.
6. Escalar las paredes de la institución para ingresar o salir de ella.
7. Utilizar el nombre de la institución para realizar actividades diferentes a las culturales, deportivas, artísticas, académicas o científicas u otras sin ser autorizado para ello.
8. Tocar el timbre arbitrariamente.
9. Tirar botellas, basuras en el suelo de la institución.
10. Dañar, rayar o ensuciar las paredes de la institución.
11. Destruir, dañar o rayar las sillas, tableros y escritorios.
12. Destruir, dañar o rayar las maquinas, herramientas, equipos e instalaciones de los talleres técnicos industriales, el laboratorio y Biblioteca.
13. Portar o llevar a la institución prendas u objetos de valor.
14. Las agresiones físicas y verbales.
15. Los cortes de cabello, peinados y tinturados extravagantes.
16. El uso excesivo de gel en el cabello o cualquier otra sustancia que modifique la normal apariencia personal.
17. El uso de accesorios que no forman parte del uniforme.
18. La utilización de pólvora en cualquiera de sus modalidades como lo son traqui-traqui, volcanes, buscapiés o tiritos en la institución y sus alrededores.
19. Dañar bienes u objetos de la institución.
20. La violación de la intimidad de los compañeros (as) y el irrespeto a su cuerpo y sus partes intimas.


                                   



                                   CAPITULO III



A RTICULO 9. DEFINICION DE LAS FALTAS CONTRA LA DISCIPLINA

Se considera falta disciplinaria, todo comportamiento de un estudiante de la institución que vaya en contra de los lineamientos establecidos por la filosofía de la misma, o cualquiera de los puntos determinados en el aparte de deberes de los estudiantes y por el reglamento escolar en materia de convivencia o de rendimiento académico.

Se considera falta grave, todo comportamiento que lesione de manera considerable la buena marcha de las labores educativas, la integridad física o  moral de los demás estudiantes, o la buena imagen de la institución.  Por esta razón, para calificar el comportamiento de un estudiante, se tendrá en cuenta su comportamiento social, no solo en las instalaciones de la institución o en las actividades organizadas y supervisadas por las autoridades del establecimiento, sin todo comportamiento social que se considere público, y en especial, aquel que resalte de manera positiva la imagen de la misma, para ser estimulado, y el que lesione o ponga en entredicho la posición de la institución como centro educativo; para aplicarle la sanción correspondiente.

La repetición de faltas leves, puede llegar a constituir falta grave.  Este tipo de comportamiento, lesiona la buena marcha de la institución en sus actividades educativas.  Toda falta grave que inculpe a un estudiante de la institución debe ser manejada con la mayor discreción por parte de quienes tengan la responsabilidad de investigar y tomar las decisiones correspondientes.   Una vez tomada una decisión esta puede ser apelada por el afectado.


ARTICULO 10. FALTAS LEVES:

1. Impuntualidad o inasistencia injustificada a la institución.
2. El uso de vocabulario soez u ofensivo; la práctica de juegos violentos.
3. Presentarse a la institución portando incorrectamente el uniforme de la institución o no portarlo sin justificación.
4. Escuchar radio u otro tipo de aparatos de reproducción de música durante las clases o en actos oficiales de la institución, igualmente hacer uso de teléfonos celulares  en las mismas circunstancias.
5. Permanecer en el plantel en horarios diferentes al de la jornada escolar sin uniforme y autorización.
6. Perturbar el normal desarrollo de las clases o actividades académicas o culturales, mediante conversaciones no autorizadas, gritos, risas, burlas, juegos, gestos, silbidos, remedos, circulación por el aula, o en actos de comunidad, etc.
7. Permanecer fuera del aula en horas de clase, negarse a ingresar al aula o ausentarse de la misma sin autorización del docente.
8. Ingresar y permanecer en el aula en los momentos del descanso.
9. Comer y/o beber alimentos y golosinas en clase o durante la realización de actos de comunidad.
10. Ingresar sin autorización a las áreas como: Rectoría, Secretaria, Coordinaciones, Sala de profesores, laboratorios, etc.
11. Participar en juegos de azar en los que se apueste dinero.
12. Realizar, participar o propiciar desordenes en clase o actos comunitarios.
13. Irrespetar la individualidad de miembros de la comunidad educativa mediante burlas, apodos, comentarios ofensivos o de cualquier otra forma.
14. Dar mal uso a los elementos facilitados por el plantel.
15. Promover o fomentar el desorden e irrespetar el turno en  espacios de usos comunitarios como: tienda, restaurante escolar, entrada a la institución , entre otros.
16. Celebrar inadecuadamente cualquier evento, arrojando huevos, harina, agua, o haciendo bromas que atenten contra el aseo y seguridad  de compañeros y de la institución.
17. Esconder o arrojar los bolsos, libretas, u objetos personales de sus compañeros.
18. Dejar desaseada y en desorden el aula de clase, talleres, al terminar la jornada escolar. Negarse a participar del turno de aseo.
19. Organizar, realizar y participar en paseos y salidas, durante la jornada escolar sin el correspondiente permiso del rector.
20. Desacatar las instrucciones y órdenes que se le imparta por los docentes o directivos docentes de la institución.
21. Rayar paredes, carteleras, y baños de la institución.
22. Portar material pornográfico y/o exhibirlo dentro de las instalaciones  de la institución.
23. Manifestar el afecto o la sexualidad de manera exagerada dentro de la institución.
24. Menospreciar o irrespetar los símbolos de la institución o la Nación, tales como: bandera, escudo e himno.
25. Comportarse inadecuadamente en las izadas de bandera.
26. las reiteradas llegadas tarde.


ARTICULO 11.  FALTAS GRAVES:

1. Acumular cinco (5) amonestaciones escritas en el observador por reincidencia de faltas leves o por la comisión de faltas leves diferentes.
2. Dañar candados, carteleras, puertas, muebles, ventiladores, suiches, etc. De la institución.
3. Agredir verbalmente a cualquier miembro de la comunidad educativa o a cualquier persona perteneciente al entorno escolar.
4. Entorpecer o impedir la comunicación entre la institución educativa y los padres y/o acudientes del estudiante.
5. Atentar contra la honra y el buen nombre de cualquier integrante de la comunidad educativa.
6. Hacerse suplantar o suplantar a un compañero(a) o acudiente con la finalidad de evadir obligaciones o responsabilidades de orden disciplinario y/o académicas
7.Consumir cualquier clase de bebidas embriagantes y/o sustancias psicoactivas fuera de la institución usando el uniforme.
8. Atentar contra el patrimonio cultural ecológico de la institución.
9. Rebelarse verbalmente y de forma agresiva frente a las observaciones y/o de docentes y directivos docentes de la institución.
10. Programar y/o participar dentro y fuera del plantel en actividades extracurriculares  que afecten el buen nombre de la institución educativa.
11. Dañar de manera intencional cualquier implemento entregado en custodia o para su uso por parte de la institución.
12. Presentarse a la institución bajo el efecto de bebidas alcohólicas y/o sustancias alucinógenas, generando con ello indisciplina  dentro del plantel.

13, Inducir, manipular  u obligar  a otras personas a realizar actos indebidos de cualquier tipo.
14. Dejar de asistir o ausentarse de la institución sin la debida autorización de su padre o  acudiente.
15. dar información falsa de los docentes o directivos docentes con los que se pueda atentar contra la integridad física de los demás.
16. Presentar un comportamiento indebido durante las salidas pedagógicas, deteriorando el buen nombre de la institución.


ARTICULO 12. FALTAS CONSIDERADAS GRAVISIMAS:

1.  Acumular o reincidir en faltas graves.
2. Agredir físicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
3. Portar, exhibir o guardar armas o explosivos.
4. Distribuir, consumir o vender bebidas alcohólicas y/o sustancias alucinógenas dentro de la institución.
5. Amenazar o intimidar de hecho a cualquier miembro de la comunidad educativa.
6. Planear, liderar, estimular, apoyar o participar en actos de vandalismo  u otro tipo de conductas violentas  dentro de la institución.
7. Incumplir un contrato pedagógico (de alcance disciplinario) previamente firmado por él y su acudiente.
8-Hurtar dinero, artículos u objetos a cualquier miembro de la comunidad educativa o de la institución. Dependiendo del daño o perjuicio se entenderá como falta de mayor  entidad.
9. Retener y/o secuestrar a algún miembro de la comunidad educativa.
10. Extorsionar a cualquier miembro de la comunidad  educativa.
11. Conformar o hacer parte de pandillas o bandas de la institución.
12. Acosar, provocar, abusar, y violar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
13. Falsificar firmas, alterar libros, registros de calificaciones y documentos  de cualquier tipo.
14- Cualquier conducta tipificada como delito en el código penal colombiano, salvo por delitos políticos o culposos.
15. Uso de pólvora u otro tipo de explosivos que alteren el orden institucional.
16. La violencia física dentro y fuera de la institución, utilizando armas de fuego o corto punzantes.
17. Interrumpir con actos violentos el normal funcionamiento de la institución.


                                            CAPITULO IV


ARTICULO 13. LA DISCIPLINA

Es responsabilidad de los profesores y de los estudiantes en primer lugar mantener la disciplina en el salón de clases.  Siempre que sea posible se debe utilizar métodos positivos para obtener la conducta deseada de los estudiantes; de este modo los comportamientos positivos benefician a todos de una manera mutuamente gratificante.

La disciplina en el contexto de la institución, es de mucha importancia para mantener el orden, y se define en el sentido de organización y de aceptación de normas para el buen desarrollo de actividades educativas del grupo, a las cuales todos aportan.  Es recomendable seguir las siguientes premisas para mantener la buena disciplina en la institución.


1. Tomar la disciplina en un sentido positivo, consiste en mantener a los estudiantes interesados y realizando sus deberes, en lugar de corregirlos por comportamientos inadecuados.
2. La disciplina debe ser siempre justa, digna, preventiva y de buena  disposición.
3. Deben realizarse reuniones con los profesores, coordinadores y padres de familia, cuando sea necesario para lograr el buen comportamiento en el salón de clases.
4. Bajo ninguna circunstancia se pueden utilizar castigos  que atenten contra la integridad física del estudiante, como por ejemplo: golpes, pellizcos, etc.
5. No se debe utilizar el sarcasmo para discutir los problemas de comportamiento de un estudiante.
6. En primaria no se puede utilizar la detención del estudiante.
7. No se puede inculpar a todo un grupo de estudiantes por las faltas que cometen algunos.

8. En primaria deben organizarse los turnos de vigilancia entre los docentes para mantener el orden y la disciplina con las siguientes funciones: llegar temprano, vigilar en las horas de descanso, responder por las llaves de la institución, supervisar la iniciación y finalización de la jornada escolar, rendir informe a los Coordinadores, entre otros.

9. El comportamiento dentro del aula de clase, será tenido en cuenta  en el  proceso de evaluación.





CAPITULO V

PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS

ARTICULO 14. OBJETO DEL PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO.

Los procedimientos y medidas disciplinarias de la institución buscan contribuir a la formación de una atmósfera que beneficie a todos los estudiantes, los profesores y la familia.  La disciplina es un medio a través del cual los estudiantes y los profesores contribuyen un propósito común para el proceso educativo.  Es necesario ayudar a los estudiantes para que resuelvan el conflicto a través de un proceso como el que sigue:

- Identificar y definir el problema.
- Establecer las soluciones posibles.
- Evaluar las diferentes alternativas
- Decidir la acción a seguir.

Cuando a pesar del esfuerzo que se haga para conductar  o disciplinar al estudiante no se obtenga una respuesta positiva de este, se tomarán las siguientes medidas sancionadoras. Suspensión, periodo de prueba, retiro temporal y retiro definitivo.





ARTICULO 15.  DEFINICION DEL PROBLEMA


Cuando se conozca de un caso de indisciplina o de mal comportamiento social, lo primero será descubrir según las razones que expone cada parte, qué lo ha motivado y en que consiste e igualmente valorar sus connotaciones para su debido tratamiento si se trata de falta leve, grave o de especial gravedad.



ARTICULO 16. SEGUIMIENTO A ESTUDIANTES

El seguimiento es el medio de que se vale el educador, coordinador, director de grupo, para registrar en forma organizada y sistemática la conducta del estudiante que requiera de orientación especial para superar los inconvenientes que puedan estar afectando el normal desarrollo de su proceso de aprendizaje o para que mejore su comportamiento social.

En el  tratamiento de casos de mal comportamiento social podrán ser aplicados entre otras las siguientes medidas correctivas:

- Llamada de atención o amonestación en privado o en público por parte del profesor, según convenga al caso.
- Propiciar ante todo la composición amigable de las diferencias entre estudiantes.
- Afectar con una observación en el boletín  el  comportamiento social en el período respectivo.
- Citar al padre de familia o acudiente y exponerle la situación referida a su hijo o representado para que atienda las orientaciones y consejos impartidos para superar la crisis.
- Todos los casos deben ser registrados en el observador del alumno.
- La firma de acta de compromiso por parte del estudiante y sus representantes donde se estipulen las condiciones y responsabilidades adquiridas.
- Reubicación del estudiante afectado, conflictivo o distractor en otro grupo o aula ó el cambio de jornada con el propósito de que rehaga otro ambiente de convivencia que beneficie el cumplimiento de sus obligaciones.
- Remisión al departamento de psicoorientación o trabajo social con sus padres o acudiente para el tratamiento profesional del caso.
- Charlas del equipo de Bienestar sobre comportamiento preventivo.

ARTICULO 17. SEGUIMIENTO DISCIPLINARIO ESPECIAL

El seguimiento disciplinario especial se adelanta al estudiante cuando su mal comportamiento social se convierte en un elemento muy per turbante de la convivencia y misión institucional y tiene por fin último lograr la adaptación del estudiante al medio institucional y social en su defecto, recomendar su retiro o inadmisión.

El seguimiento estará a cargo de la coordinación, Director de Grupo, Bienestar y se iniciará en el momento que se considere necesario por la notoriedad de la o las faltas disciplinarias violatorias del presente Manual de Convivencia.

El seguimiento especial es la formalización de un periodo de prueba en el sentido de una oportunidad que se le da al estudiante para que se corrija su conducta desviada.

Comienza escuchando al estudiante en relación con los hechos que motivan la apertura del seguimiento en forma amplia, sin apremio y despersonalizada, terminado lo cual se le comunicará que se le abrirá un proceso de seguimiento especial, todo lo cual constará por escrito firmado por los intervinientes.  Seguidamente se citará a los padres o acudientes y se le informará ampliamente sobre las causas y consecuencias que pueden repercutir del seguimiento si no se verifica una evolución positiva del estudiante.

Con esto se abrirá un expediente aparte en folder separado al cual se anexará copia de todas las anotaciones disciplinarias anteriores.

A esto seguirá una labor investigativa sobre las posibles causas internas y externas que puedan estar influenciando el mal comportamiento del estudiante tanto en lo social como en lo académico para lo cual se apoyará en la sección de trabajo social y  psicoorientación  en busca de establecer las condiciones materiales y espirituales de existencia del alumno, es decir, su entorno familiar y del barrio en que se desenvuelve y determinar en que medida le afectan su comportamiento o desenvolvimiento en la institución.

Con fundamento en todo lo recaudado tanto favorable como desfavorable al alumno, si se considera que el mismo no tiene voluntad de acondicionar su comportamiento a las exigencias de la sana convivencia institucional, por medio de un informe que contenga la actuación resumida se presentará el caso al Comité de Disciplina para que este con todos los elementos valorativos de la conducta en estudio determine si debe aconsejar al Consejo Directivo el retiro definitivo del estudiante.

Las secciones del Comité de convivencia para resolver sobre la conducta en estudio podrán citarse al padre de familia o acudiente que viene al tanto del seguimiento a quien deberán despejársele todas las dudas que le asisten y firmará el acta respectiva.

Cuando se resuelve retirar definitivamente a un estudiante tal determinación deberá ser motivada exponiendo en forma clara las normas del Manual de Convivencia en que se fundamenta.



ARTICULO 18. CARACTERIZACION DE LAS SANCIONES

A).- SUSPENSION: El coordinador (a) puede suspender a un estudiante por un día.  El Comité de Convivencia podrá suspender de 1 a 3 días ó  aplicar programa formativo, según sea la falta.  Esta sanción se utiliza en los casos de ofensas al Manual de convivencia, tales como pelear, vandalismo o irrespeto a un profesor, o en caso de repetidas  faltas de cualquier índole.  El estudiante será totalmente responsable para realizar por sí mismo todo el trabajo académico que se desarrolle durante la suspensión.  Cuando estas faltas ocurran de manera repetida a pesar de los esfuerzos que se hagan en la institución para  corregirlas, el coordinador (a) podrá recomendar al rector, la no renovación de la matrícula previo seguimiento disciplinario y decisión del Comité de Convivencia. El rector puede suspender de 4 a 5 días y el Consejo Directivo de 6 a 8 días, según se clasifique la falta.
Durante el retiro temporal, no se permite al estudiante asistir al establecimiento y  no se le dará crédito por el trabajo realizado durante este tiempo.  Cada caso será estudiado de acuerdo con las circunstancias de manera individual.  Este retiro lo puede hacer el Comité de Convivencia , el coordinador, Rector o Consejo Directivo, según la gravedad de la falta.. Va de 1 a 8 días

b).- PERIODO DE PRUEBA: Un estudiante puede ser colocado en periodo de prueba por mal comportamiento o por bajo rendimiento académico, lo cual puede concurrir en cualquier momento del año escolar.  El coordinador(a) debe presentar el Comité de Convivencia  y el rector los nombres de los estudiantes que deben ser colocados en ese estado y las razones por las cuales se hace la recomendación.  Los padres o acudientes deben aceptar esta determinación para que el estudiante continúe matriculado en la institución y firmar un acuerdo de compromiso en el cual se estipulen las condiciones bajo las cuales se condiciona la readmisión del estudiante.  En caso de cumplir con estas condiciones, el estudiante puede ser retirado de la institución.


c).  RETIRO DEFINITIVO: Después de agotar todos los procedimientos para remediar una situación negativa en el comportamiento de un estudiante y previo el seguimiento especial de que debe ser objeto, y buscando el beneficio de todos los miembros de la comunidad educativa, como último recurso, se pueden presentar el retiro definitivo de un estudiante.  Debe ser recomendada por el Comité de convivencia al Consejo Directivo, que debe decidir al respecto en última instancia.




ARTICULO 19. APLICACIÓN DE LA SANCION DE RETIRO DEFINITIVO.

1. Cualquier estudiante que no sea promovido al grado superior en dos (2) ocasiones en un periodo de cinco (5) años en los grados de 1º a 11º, será retirado de la institución.
2. Cualquier estudiante que no cumpla con las condiciones establecidas en un acuerdo de compromiso de periodo de prueba, será retirado de la institución.
3. Cualquier estudiante involucrado en actos de fraude que involucre el hurto o cualquier forma de tráfico con notas será retirado de la institución.
4. Cualquier estudiante involucrado en actos escandalosos y/o inmorales ocurridos en la institución o en la comunidad, será retirado de la misma.
5. Cualquier estudiante involucrado en una falta de especial gravedad o gravísima será igualmente retirado de la institución.  El retiro definitivo de un estudiante debe ser evaluado por el Consejo Directivo.


ARTICULO 20. SANCION A FALTAS LEVES:

-Amonestación oral, mediante diálogo con el implicado para invitarlo a modificar su comportamiento.
-Ordenación de acciones de reparación o reivindicación de la falta.
-Correctivos pedagógicos.
-Amonestación escrita en el observador
Esta sanción es competencia del docente, director de grupo, o del directivo docente que reciba la denuncia. Si la amonestación verbal no produce efecto, se aplicara una acción pedagógica – No se podrán hacer amonestaciones por escrito en el observador por faltas leves , sin antes haber realizado acciones de diálogo o compromisos pedagógicos.
Si el sancionado incumple el convenio señalado, reincide en la falta, se elaborara una amonestación escrita en el observador. Las tres observaciones escritas en el observador conllevan a una observación sobre su comportamiento en el boletín.

ARTICULO 21. SANCION DE FALTAS GRAVES

-Suspensión de las actividades académicas de uno y tres (3) días, dependiendo de la falta  y atendiendo a las circunstancias atenuantes o agravantes. Además se deberá elaborar  un Acta de suspensión y compromiso de cambio incluido en el observador; el sancionado deberá ejercer acciones de reivindicación y reparación de la falta; Igual se le hará la observación sobre su comportamiento en el boletín del estudiante.
La suspensión por un día es competencia del Coordinador. La suspensión de 2 a 3 días le corresponde al comité de convivencia. Las suspensiones superiores a tres días  son exclusivas del Rector.
El inculpado por una falta grave, permanecerá des escolarizado durante el día , el día en que cometió la falta; luego de ello deberá reintegrarse a la institución  con la finalidad de iniciar el proceso disciplinario , debidamente acompañado de sus padres o acudientes a la oficina de coordinación o rector según el caso. El día de des escolarización se contará como parte de la sanción que se adopte.

Se tendrá en cuenta: Dialogar con el implicado y sus respectivos padres o acudientes, además de  interrogar a los testigos con la finalidad de reconstruir los hechos, verificar información, etc. De los hechos, debe quedar constancia escrita en un acta, lo que debe quedar la descripción  de la falta, e incluir en ella la sanción a aplicar; además, debe  celebrarse un compromiso con el implicado  a fin de modificar su conducta y mejorar su comportamiento.
 Esa acta debe estar firmada por el implicado, los padres o acudientes, el coordinador, y el rector y se archivará.

El suspendido deberá  obtener de parte de sus compañeros la información necesaria sobre las actividades académicas, para que cuando se reintegre está totalmente al día. Las evaluaciones que deje de presentar en el periodo de suspensión, las tendrá que realizar en época de refuerzo y nivelación de final de año.

ARTÍCULO 22: SANCION FALTAS GRAVISIMAS:

Se aplicarán las siguientes  sanciones:
-Suspensión de actividades académicas de 4 a 8 días.; sanción notificada mediante resolución rectoral.
-Des escolarización por el año en curso y pérdida del cupo para el año siguiente, si ha transcurrido más del 50% del año lectivo.
-Cancelación de la matricula.
-En caso de que el estudiante sea de 11 grado, no será proclamado como bachiller en el acto comunitario de graduación.
- Si el implicado es deportista activo, además de la sanción, queda automáticamente excluido del equipo deportivo y no podrá seguir participando en las competencias deportivas.
Estas sanciones son de competencia del Rector, o en su defecto un delegado que él asigne.
-El Rector posee la competencia de aplicar la sanción de 4 y 5 días de suspensión.
- Es competencia de Consejo Directivo la aplicación de 6 a 8 días de suspensión. Igual que el retiro definitivo de la institución o Cancelación de matrícula.
Para esto se tendrá en cuenta: realizar reconstrucción de los hechos constitutivos de la falta, presentar descargos,  analizar las circunstancias atenuantes o agravantes según el caso. Una vez analizadas las causas y se haya dado cumplimiento al debido proceso, el competente Rector o Consejo Directivo,  adoptará la sanción. Todo debe quedar firmado y por escrito. Esa acta será la base de la resolución Rectoral, que aplicará la sanción. Y será archivada en la hoja de vida del sancionado.
Además de la sanción se deberá suscribir un contrato psicológico y disciplinario, firmado por todos los intervinientes, igual que solicitar la ayuda psicológica.

RECURSO DE REPOSICION: Este recuso se presenta ante el funcionario competente que emitió la sanción con la finalidad de que la modifique o revoque.

RECURSO DE APELACION:
Este recurso se presenta ante el superior jerárquico de quien produjo la sanción con la finalidad de que la modifique o la revoque.
 Cuando la sanción la dé el coordinador , se apela ante el Rector, sí la impone el Rector  se apela ante consejo Directivo, y sí la sanción la impuso el Consejo Directivo , solo procederá el recurso de reposición,. Para presentar el recurso tres días hábiles y para  resolver el recurso de apelación se dan 5 días hábiles.

Para la realización de estas apelaciones, el alumno podrá asesorarse del Personero de los Estudiantes.
                                       
                                             CAPITULO VI

ARTICULO 23. CONDUCTO REGULAR

El tratamiento de casos de mal comportamiento social o de indisciplina, de o entre estudiantes, será abordado en primer lugar por el profesor más inmediato al conocimiento de los hechos, quien los pondrá en conocimiento del respectivo director de grupo, para que a su vez éste, en atención a la gravedad de los mismos, los exponga ante la coordinación, donde se determinará si pasan a estudio en el Comité Disciplinario y de Comportamiento Social y por último al Consejo Directivo.

En todo caso la coordinación podrá abocar de primera mano el conocimiento del caso, que por cualquier vía llegue a su conocimiento.

Si es un estudiante el que resulta afectado por el mal comportamiento de sus compañeros o por el maltrato de un profesor, lo comunicará de inmediato a su director de grupo, quien para lo que corresponda seguirá el itinerario descrito en el inciso anterior.
Si el infractor es el director de grupo, el estudiante podrá elevar su queja directamente al coordinador respectivo.

De las diferencias entre profesores conocerá en primera instancia la coordinación respectiva y de las que surjan entre esta y aquellos, la rectoría.

De las diferencias entre el personal administrativo conocerá directamente el rector.


ARTICULO 24.  LINEA DE AUTORIDAD

En la institución todo estudiante es parte activa de todos los procesos involucrados en su formación como persona.  Esto incluye las ocasiones en las cuales la evaluación de su comportamiento y de su rendimiento académico, muestra la necesidad de tratar problemas de manera INDIVIDUAL.  El estudiante tiene el derecho de ser oído en sus puntos de vista sobre las situaciones problemáticas en las cuales se vea envuelto, y sus opiniones tenidas en cuenta cada vez que se tome una decisión que afecte su vida en la institución.

Además todo estudiante tiene el derecho de apelar las decisiones que le afecten.  Estas apelaciones deben hacerse dentro de los límites del respeto y las buenas maneras, a través del siguiente procedimiento:

- Las decisiones tomadas por los profesores o el personal administrativo de la Institución, deben  ser apelados ante el coordinador (a) respectivo de cada sede.
- Las decisiones tomadas por los (as9 coordinadores (as) de cada sede deben ser apeladas ante el rector de la institución.
- Las opiniones tomadas por el rector de la institución, deben ser apeladas ante el Consejo Directivo como última instancia, una vez analizadas en el Comité Disciplinario.
Los Coordinadores de cada una de las sedes pueden Suspender un estudiante de 1 a 3 días, previo análisis del comité de convivencia. Sí la falta es gravísima, debe remitirse al Rector o Consejo Directivo, según el caso, para la respectiva sanción.

ARTICULO 25.  EL DEBIDO PROCESO.

Se entenderá por debido proceso como la garantía constitucional del derecho que toda persona tiene a ser oída con justicia, en condiciones  de plena igualdad por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de toda acusación en materia penal.
Todo procesado tiene derecho a :
-Se presuma su  inocencia  hasta que no se demuestre lo contrario.
-A ser informado previamente, mediante comunicación detallada, de la acusación que en contra de él se formula.
-A que se le conceda el tiempo y los medios adecuados para preparar su defensa.
-A defenderse personalmente o ser asistido por un defensor de su elección con el cual pueda comunicarse libre y privadamente-
-A servirse de testigos o peritos y a interrogarlos.
-A no ser obligado a declarar  contra sí mismo.
-A no ser sometido a nuevo juicio  por los mismos hechos tras haber sido absuelto.
                               

                                      CAPITULO VII


ARTICULO 26. COMITÉ DE CONVIVENCIA

Este comité es encargado de conocer en última instancia de los casos de indisciplina o de mal comportamiento social que ameritan ser estudiados a fondo y determinará su solución y de ser pertinente sus correctivos y sanciones.

Este cuerpo colegiado estará compuesto por:

- El rector, quien lo preside.
- El coordinador(a) quien actúa como secretario(a).
- El director de grupo del estudiante cuyo caso se estudia.
- El psicoorientador o trabajador social.
- Un alumno de los dos últimos grados.
- Un padre de familia.
Este comité valora los casos de:
- Alumnos reincidentes en sus faltas.
- Alumnos que hayan sido suspendidos por 3 días y nuevamente cometan faltas.
- Alumnos que incumplan los compromisos de comportamiento social.
- Alumnos por faltas graves o casos excepcionales de comportamiento social.


PARAGRAFO:
Los estudiantes cuyo comportamiento se vaya a discutir, serán citados al interior del Comité para presentar sus descargos.

ARTICULO 27. COMITÉ DE CONVIVENCIA EN EL NIVEL DE BASICA PRIMARIA

Lo conforman el Coordinador de la sede, el docente implicado, a quien se le presento el caso, un docente elegido en representación de todos, un padre de familia y la promotora social.
 Los estudiantes se reúnen con el profesor o con el coordinador de la sede cuando sea necesario, para discutir o tratar los problemas que puedan presentarse. En estas reuniones los estudiantes tienen derecho a presentar sus puntos de vista e inquietudes, los cuales son escuchados y tenidos en cuenta para tomar decisiones. Las decisiones deben contar con el seguimiento y evaluación de la Promotora Social o Psicóloga e informar al rector, mediante oficio.


                                                  CAPITULO VIII

PUNTUALIDAD, ASISTENCIA Y SALIDAS DEL ESTABLECIMIENTO
         

ARTICULO 28. HORARIO DE CLASES

El horario de clases será el siguiente:
Básica secundaria y media.

JORNADA DE LA  MAÑANA:

1ª hora: de 7:00 AM a 7:50 AM
2ª hora: de 7:50 AM a 8:40 AM
3ª hora: de 8:40 AM a 9:30 AM

DESCANSO: de 9:30 AM a 10:00 AM

4ª hora: de 10:00 AM a 10:50 AM
5ª hora: de 10:50 AM a 11:40 AM
6ª hora: de 11:40 AM a 12:30 PM
7ª hora: de 12:30 PM a 1:00  PM


JORNADA DE LA TARDE

1ª hora: de 100 PM: a 1:50 PM
2ª hora: de 1:50 PM a 2:40 PM
3ª hora: de 2:40 PM a 3:30 PM

DESCANSO: DE 3:30 PM a 4:00 PM

4ª hora: de 4:00 PM a 4:50 PM
5ª hora: de 4:50 PM a 5:40 PM
6ª hora: de 5:40 PM a 6:30 PM
7ª hora: de 6:30 PM a 7:20 PM

PREESCOLAR: JORNADA  DE LA MAÑANA  7:30  AM  a 11:30 AM
                        JORNADA  DE LA TARDE     1:00  PM  a   5:00 PM
PRIMARIA:       JORNADA   DE LA MAÑANA  7:00  AM a 12.00 PM
                       JORNADA   DE LA  TARDE    12:30 PM a 5:30 PM


El ingreso a la institución  en la jornada de la Mañana será  a las 6; 50 AM  y en la Jornada de la Tarde será a las 12:50 PM.

Por la mañana  la puerta de entrada será cerrada a las 7:00 AM  y  por la tarde a la 1:00 PM  Sólo se permitirá la entrada a los estudiantes después de esta hora cuando existan motivos de fuerza mayor que expliquen el retraso.


ARTICULO 29.  ASISTENCIA Y COMPORTAMIENTO EN CLASES (SECUNDARIA)

Todos los estudiantes deben llegar a tiempo a todas las actividades planeadas como lo son clases, reuniones de grupo y asambleas.

Los estudiantes tienen la responsabilidad de satisfacer sus necesidades personales antes de cada actividad.  No se dará permiso para ir al baño a menos que se trate de una emergencia a juicio del profesor.

Los celulares no deben interrumpir el normal funcionamiento de las clases.  Estos deben permanecer silenciosos durante las clases, no se permite en horas de clases recibir llamadas.

Todos los estudiantes están obligados a asistir a todas las actividades programadas.  El profesor responsable debe comprobar la asistencia de los estudiantes al comenzar la actividad.

Después de tres (3)  retrasos a la hora de entrada sin excusa, no se permitirá al estudiante la entrada hasta que no venga con el padre o acudiente para ponerlo al tanto de la situación y comprometerlo para su corrección.

Después de tres (3) retrasos a clases el profesor puede remitir al estudiante a la coordinación.  Cuando el estudiante se retrase más de 15 minutos a una clase se considerará  como si eludiera asistir a clases (volarse la clase) y debe de informarse al director de grupo para que se le haga su llamado en el observador del alumno.


ARTICULO 30. FALTAS DE ASISTENCIA

En las faltas por enfermedad, diligencia legal, representación deportiva, cultural, o calamidad doméstica, la ausencia se considera con excusa.  Deberá tenerse en cuenta lo siguiente:

- Cuando el estudiante está enfermo debe permanecer en casa, en caso de prolongarse la condición por más de tres (3) días, debe avisarse a la coordinación, explicando las circunstancia.
- Cuando el estudiante presente enfermedad contagiosa o grave, debe traer un certificado médico para ser readmitido en clase.
- Cuando se debe cumplir con un diligencia legal, o cuando se presente una calamidad en la familia, debe avisarse a la coordinación de la sede respectiva.
- En cualquier caso, al regresar el estudiante al establecimiento debe entregar una nota de los padres explicando los motivos de la ausencia.
- El no asistir a la institución cuando los padres y profesores esperan que esté en la misma, es un problema de seguridad y de indisciplina, que deben ser sancionados.
- En general la institución debe aplicar la norma, que establece la asistencia al 75% del calendario académico para que el estudiante sea promovido al curso superior.
- Los estudiantes podrán salir de la institución antes de terminar la jornada, sólo cuando tengan un permiso escrito firmado por sus padres o acudiente o si la coordinación le otorga tal permiso.


ARTICULO 31. UNIFORME Y PRESENTACION PERSONAL.

El uniforme es motivo de distinción, simboliza nuestra institución y su uso correcto es el primer indicador del sentido de pertenencia que se tiene para con la misma.

VARONES:

Pantalón Jean azul turquí, camiseta blanca con vivos azul turquí en cuello y mangas, con el emblema de la institución estampado en la parte superior izquierda, zapatos y cinturón negros y media turquí


MUJERES:

Falda cuadros verdes, blusa blanca con vivos del color de la falda en las mangas y el cuello, con el monograma estampado en el bolsillo a la derecha, zapatos negros y medias blancas.

Para Educación física se usará sudadera gris con las franjas  de la bandera de la institución en diagonal en el muslo derecho, y la leyenda I.E.T.I “Don Bosco” en la otra; la camiseta blanca con vivos de la bandera de la institución en cuello y mangas y el emblema o escudo de la institución en el lado izquierdo a la altura de pecho.

Para las clases en los talleres se usará una braga turquí para metalistería y madera y bata blanca para corte y confección.

Todos los alumnos deben venir aseados y bien presentados, las camisetas deben estar e buena condición y siempre encajada, los zapatos deben ser cerrados, no se permiten blusas que sean muy ceñidas al cuerpo o de escote pronunciado, no se debe usar gorras dentro ni fuera de los salones de clases,
Las faldas no deberán ser muy cortas.

El pelo deberá mantenerse bien peinado, limpio y corto para tiempos de las fiestas del 11 de noviembre, no se permitirá el uso de tintes no otros accesorios en el cabello.

El uniforme se revisará antes de ingresar al plantel, y quien no lo porte completo   será devuelto, a excepción de quien lo justifique por escrito firmado por sus padres o acudiente, comprometiéndose a cumplir con el uniforme en un plazo no mayor de una semana.

La revisión del aseo personal de los estudiantes estará a cargo del director de grupo.  Si hay reincidencia se procederá a firmar con compromiso de aseo personal con sus acudientes.

Si se tiene conocimiento del uso del uniforme en lugares para lo cual está prohibido como los establecimientos abiertos al público donde se expenda licor, al estudiante se le amonestará y citará a su acudiente inmediatamente, si reincide en esta falta se le aplicará el seguimiento especial.

El porte correcto del uniforme no permite el uso de cadenas, brazaletes, collares, pulseras, manillas, gorras, aretes extravagantes, ni radios o audífonos, etc.  Estos serán decomisados y devueltos al terminar el año lectivo.



CAPITULO IX

NORMAS DE COMPORTAMIENTO EN AREAS ESPECIALES

ARTICULO  32.  NORMAS DE COMPORTAMIENTO EN LOS TALLERES.

Las normas de comportamiento dentro del taller son:

1. Mantener buen orden y disciplina dentro del taller.
2. Usar braga o bata.
3. Usar los implementos de seguridad pertinentes.
4. No necear las maquinas.
5. Utilizar las maquinas hasta cuando el instructor de la orden.
6. Anotar en la libreta las anomalías que se encuentren en el taller.
7. Cuidar las mesas y demás elementos materiales del taller.
8. Mantener el orden y aseo del sitio de trabajo.
9. No sacar piezas a las máquinas.
10. Las maquinas industriales las usarán los alumnos de 10 y 11 grado.
11. Los estudiantes de exploración vocacional por razones de seguridad no están autorizados para hacer prácticas en el taller.
12. Al finalizar la clase verificar que las máquinas y herramientas las entrega  y las deja en buen estado.
13. Suspender 10 minutos antes las clases para entregar herramientas, organizar el taller y cinco minutos alistarse para ir al salón de clases.
14. No salir del taller en horas de clase.
15. No montar bicicleta, dentro del taller, ni utilizarlo como cancha deportiva.



CAPITULO  X

DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA BIBLIOTECA

ARTICULO  33. EL REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO DE BIBLIOTECA

Es el siguiente:

1. Usuarios: Cualquier persona puede visitar la biblioteca en el horario de servicio.
2. Comportamiento.  Al ingresar a la biblioteca el usuario debe:
a). Dejar en la entrada todos los objetos de mano.
b). Cuidar el mobiliario y en general las instalaciones.
c). Guardar silencio y mantener una actitud responsable.
d). No ingerir alimentos
e). Es prohibido fumar en la biblioteca.
3.  Puede utilizarse el servicio de préstamo
    a). Personal docente
    b). Estudiantes.

1. Quien desee tomar un préstamo a domicilio:
a). Debe hacerlo personalmente
b). identificarse con el carnet.
c). Las obras literarias se prestan todos los días por una semana (8) días, los libros por fin de semana y devolverlo el lunes a primera hora, para mantenerlo por más tiempo es necesario renovarlo.
d). La no devolución de los libros en la fecha de vencimiento ocasionará la suspensión de préstamo por un lapso de tiempo igual al triple de la demora.

Nota: el carnet es personal e intransferible.



CAPITULO XI

INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA INDUSTRIAL
DON BOSCO

CAPITULO 34.

ASPECTOS DE MANUAL DE CONVIVENCIA A TENER EN CUENTA EN TALLER

1. Es requisito para graduarse haber cumplido 60 horas de practica en los diferentes talleres de la región.

2. En la Media Técnica deben presentar un proyecto productivo para la exposición artesanal.

3. El estudiante que en el proceso de exploración vocacional (6º a 9º) repruebe las tres opciones que le ofrece la institución, se le recomienda que busque otra institución.

4. En la Media Técnica el estudiante que apruebe la parte académica, pero repruebe la Técnica reprueba el grado. (La Técnica no se nivela).    


     
    Lic. LUIS FIGUEROA GUARDO                     Consejo Directivo
          Rector                                                



                                              Personera Estudiantil.

                         















                                                                                           



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